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Novedad jurisprudencial: Nueva tasa de interés judicial

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los artículos 7 y 10 de la Ley 23928 y estableció una nueva tasa de interés judicial, aplicable retroactivamente desde el 1 de mayo de 2023 a todos los casos sin sentencia firme. Esta decisión incluye la implementación de una nueva calculadora de intereses en la página web del Poder Judicial, reemplazando la tasa establecida en el precedente "Fleitas".

En el caso "Machin contra Horizonte ART S.A.", el STJ resolvió dos cuestiones clave: la inadmisibilidad del pedido de indexación y la modificación de la tasa de interés moratorio. La nueva tasa, basada en la Tasa Nominal Anual (T.N.A.) del Banco Patagonia utilizada en préstamos personales, se aplicará retroactivamente desde mayo de 2023, ajustándose así mejor a la inflación y buscando compensar de manera más justa los daños por mora.

La sentencia también reafirmó la prohibición de indexar, citando precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que sostienen que la actualización monetaria contraviene los objetivos antiinflacionarios de la ley. El STJ enfatizó que el recurso presentado no aportaba nuevos argumentos que justificaran la inconstitucionalidad de esta prohibición.

Finalmente, el STJ abordó la capitalización de intereses, sosteniendo que debe regirse por las reglas del Código Civil y Comercial de la Nación, permitiendo la capitalización desde la notificación de la demanda, salvo que constituya usura. Esta doctrina, tomada del caso "Provincia de Río Negro c/ Angos", establece que el anatocismo es válido siempre que resarza el perjuicio de la mora sin caer en la usura.

Adjuntamos la sentencia.

 

 

Documentación adjunta

SENTENCIA MACHIN.pdf
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